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1º). De acuerdo con el mecanismo previsto en el Artículo 4 del citado convenio, durante el período comprendido entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre de 2.006 los conceptos económicos sufrirán las siguientes modificaciones:
a) El Premio de Antigüedad del Art. 9 se verá incrementado en las siguientes cuantías:
- Colaborador de consulta: 24.15 Euros mensuales por trienio
- Higienista: 28.93 Euros mensuales por trienio
- Odontólogo: 55.56 Euros mensuales por trienio
2º). La Tabla Salarial de aplicación, será la consignada en el ANEXO del presente acuerdo.
3º). Todos los conceptos económicos se aplicarán con carácter retroactivo desde el 1 de Enero de 2.006.
4º). Todas las modificaciones aquí relacionadas, se entenderán incorporadas al cuerpo del Convenio Colectivo del Sector desde la firma del presente Acuerdo, con independencia de la fecha de su publicación.
Todo lo cual se rubrica en Málaga, a 21 de marzo de 2.006.
ANEXO TABLAS SALARIALES AÑO 2.006
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EUROS |
| CATEGORÍAS |
SUELDO BASE |
PLUS CONVENIO |
C. PUESTO TRABAJO |
PLUS TRPTE. |
| COLABORADOR/A DE CONSULTA |
636.34 |
53.93 |
46.71 |
49.41
2,24 /día |
| HIGIENISTA DENTAL |
710.37 |
53.93 |
121.44 |
49.41
2,24 día |
| ODONTÓLOGO/A |
1252.04 |
53.93 |
294.06 |
49.41
2,24 /día |
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